Con los visados familiares estadounidenses, puedes traer a tu familia a Estados Unidos para que viva contigo. Sin embargo, solicitar estos visados requiere que navegues por las complejidades de la inmigración estadounidense, lo que puede resultar desalentador. Pero si realmente deseas reunirte con tus seres queridos, ¡todos tus esfuerzos merecerán la pena! Así pues, si eres ciudadano estadounidense o residente legal permanente en Estados Unidos, el sistema de visados familiares es tu vía para acercar a tus familiares a ti. En este blog, hablaremos más sobre los visados familiares de EE.UU. para facilitarte las cosas. En Checklist Visa, uno de nuestros objetivos es ayudar a las familias a reunirse informando a la gente sobre los distintos procesos de visado y las políticas de inmigración.
Comprender la inmigración basada en la familia
La inmigración familiar es un proceso mediante el cual los ciudadanos estadounidenses y los residentes legales permanentes (titulares de la tarjeta verde) pueden patrocinar a determinados familiares para que obtengan visados y se reúnan con ellos en el país. Los familiares que pueden acogerse a este patrocinio se dividen en dos grandes categorías: familiares directos y categorías de preferencia familiar. Los familiares directos son los cónyuges, los hijos solteros menores de 21 años y los padres de ciudadanos estadounidenses. Esta categoría no tiene límites anuales en cuanto al número de Visados Familiares para EE.UU. que pueden expedir las autoridades de inmigración. Por tanto, tiene un tiempo de tramitación mucho más rápido. Por otro lado, las categorías de preferencia familiar son para otros familiares. Entre ellos están los hijos casados, los hermanos y sus hijos. Estas categorías tienen límites anuales en el visado a expedir, por lo que suelen tener tiempos de espera más largos. El solicitante tiene que esperar a que se actualicen sus fechas de prioridad.
Visados de inmigrante para familiares directos
Éstas son las distintas categorías de visados de inmigrante familiar directo:
IR-1 (cónyuge de ciudadano estadounidense)
El visado IR-1 se aplica a los cónyuges de un ciudadano estadounidense. Para poder optar a él, la pareja debe estar legalmente casada y debe presentar documentos que lo demuestren. Además, el ciudadano estadounidense que vaya a patrocinar al cónyuge debe presentar el formulario I-130 (Petición para familiar extranjero) en nombre de su cónyuge. No hay límites anuales para esta categoría de visado, por lo que puedes disfrutar de una tramitación y aprobación rápidas.
IR-2 (hijo soltero menor de 21 años de un ciudadano estadounidense)
El visado IR-2 se aplica a los hijos solteros menores de 21 años. En esta categoría, los ciudadanos estadounidenses pueden patrocinar a sus hijos menores para obtener la residencia permanente en Estados Unidos. Al igual que el visado IR-1, este visado no tiene límites anuales.
IR-5 (Padre o madre de un ciudadano estadounidense de 21 años o más)
El visado IR-5 se aplica a los padres de ciudadanos estadounidenses que tengan al menos 21 años. Para patrocinar a un progenitor, el ciudadano estadounidense tiene que presentar el formulario I-130 en su nombre. Al igual que las otras categorías de familiares directos, el visado IR-5 no tiene límites anuales, lo que agiliza la tramitación y la aprobación.
Visados de Inmigrante por Preferencia Familiar
Éstas son las distintas categorías de visados de inmigrante de preferencia familiar:
F1: Hijos e hijas solteros (mayores de 21 años) de ciudadanos estadounidenses.
El visado F1 es para un hijo adulto soltero de 21 años o más. Como forma parte del sistema de preferencia familiar, hay límites anuales para estos visados. Por tanto, espera un tiempo de espera más largo.
F2A: Cónyuges e hijos menores (de menos de 21 años) de residentes permanentes.
El visado F2A se aplica a los cónyuges e hijos solteros (menores de 21 años) de residentes legales permanentes (titulares de la tarjeta verde). Aunque también está sujeta a límites anuales, esta categoría suele tener periodos de espera más cortos en comparación con otras categorías de visados de preferencia familiar.
F2B: Hijos e hijas solteros (mayores de 21 años) de residentes permanentes.
El visado F2B está destinado a hijos adultos solteros (mayores de 21 años). Al igual que las demás categorías de preferencia familiar, este visado tiene límites anuales, lo que puede prolongar el tiempo de tramitación.
F3: Hijos e hijas casados de ciudadanos estadounidenses.
El visado F3 permite a los ciudadanos estadounidenses apadrinar a sus hijos casados, independientemente de su edad. Está sujeto a límites anuales y su tramitación es mucho más larga.
F4: Hermanos de ciudadanos estadounidenses (de al menos 21 años).
El visado F4 es para hermanos de ciudadanos estadounidenses. El ciudadano estadounidense tiene que tener al menos 21 años para patrocinar a sus hermanos. Además, los hermanos patrocinados también pueden incluir a sus familias en la solicitud. Sin embargo, debido a los límites anuales, esta categoría tiene uno de los tiempos de espera más largos.
Requisitos para el patrocinio
Para apadrinar a un familiar para un visado familiar estadounidense, debes cumplir ciertos requisitos. En primer lugar, debes ser ciudadano estadounidense o residente legal permanente (titular de la tarjeta verde). Además, tienes que tener al menos 18 años y vivir en Estados Unidos. Al solicitar visados familiares, un requisito clave es el compromiso financiero. Debes poder presentar documentos financieros que demuestren que puedes mantener económicamente a tus familiares una vez que lleguen a Estados Unidos. Uno de los documentos que debes presentar es la Declaración jurada de manutención (formulario I-864). Debe demostrar que tus ingresos son al menos el 25% de las directrices de pobreza de Estados Unidos. Si no tienes ingresos suficientes, puedes presentar tus bienes o solicitar un patrocinador conjunto. Además de los requisitos económicos, debes presentar el formulario I-130 (Petición de familiar extranjero) para iniciar el proceso de solicitud del visado. Otros documentos que debes presentar son
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- Prueba de la ciudadanía estadounidense o residencia permanente del patrocinador
- Prueba del parentesco (como certificados de nacimiento o matrimonio.
- Documentos financieros justificativos, como declaraciones de la renta y recibos de sueldo.
Preguntas frecuentes sobre los visados familiares de EE.UU.
¿Puedo solicitar un visado familiar para mi hijastro o hijo adoptivo?
Sí, puedes solicitar un visado familiar para un hijastro o un hijo adoptivo en determinadas condiciones. Para un hijastro, el matrimonio de su progenitor biológico debe ser anterior a la edad de 18 años del menor. Para el hijo adoptivo, la adopción se completó antes de que tuviera 16 años y el progenitor patrocinador obtuvo legalmente su custodia durante dos años ininterrumpidos.
¿Pueden los miembros de mi familia trabajar en EE.UU. una vez que lleguen?
Sí, una vez que tu familia llega a Estados Unidos y recibe la tarjeta verde, puede vivir y trabajar donde quiera en el país. Los titulares de la tarjeta verde tienen los mismos derechos que los ciudadanos estadounidenses, ya que pueden solicitar trabajo, ser contratados por cualquier empleador e incluso crear sus propias empresas. En el caso de algunos visados de corta duración, como el de prometido, un familiar no puede trabajar hasta que solicite la autorización de trabajo.
¿Qué hacer si deniegan mi solicitud de visado familiar estadounidense?
Si te deniegan el visado familiar estadounidense, lee la notificación de denegación y comprende por qué te lo han denegado. Puedes recurrir o presentar una moción para reabrir el caso, normalmente en un plazo de 30 días. La falta de documentos o los errores son los motivos más comunes de denegación. Por tanto, comprueba dos veces tu solicitud para evitarlos. Considera la posibilidad de consultar a un abogado de inmigración que pueda aconsejarte sobre las mejores opciones disponibles y aumentar tus posibilidades de éxito.